Un depósito de seguridad no puede sobrepasar el alquiler de un mes y medio. Aviso: Un honorario de limpieza que no es reembolsable noes un depósito de seguridad. Un dueño puede demandar un honorario de limpieza que no es reembolsable si las siguiente condiciones estan satifechas:
Durante los 14 primeros dias de ocupación, el dueño tiene que proveer la siguiente información por escrito al inquilino:
Vd tiene que avisar por escrito dentro de sus 4 primeros dias de ocupación al dueño acerca de una dirección donde él pueda estar en contacto con Vd. por correo. De otro modo, el dueño estará exento de mandarle una lista detallada de los daños anteriores a la propiedad residencial, tampoco tiene que sufrir penas o castigos por omisión de ésta obligación.
El depósito de seguridad hará depositado en una institución financiera. Los dueños pueden usar el dinero pero tienen que depositar un bono con el Secretario del Estado.
Un depósito de seguridad puede ser usado solamente con los siguientes propósitos:
Al principio del alquiler, el dueño tiene que proveer al inquilino dos copias en blanco un registro de inventario que tiene una lista de cada cosa en la residencia que es propiedad del dueño. Además el registro tiene que proveer un espacio en blanco donde el inquilino puede apuntar la condición en que el encontró la propiedad al lado de cada cosa. El registro tiene que contener el siguiente aviso escrito a máquina en letras legibles de 12 punto arriba en la primera página:
Vd. debe completar éste registro, apuntando la condición de la propiedad y devolverlo al dueño dentro de los 7 primeros dias de obtener posesión de la residencia. Vd. tiene derecho de pedir y recibir una copia del registro de inventario final de último inquilino que se muestra cuáles cosas que estaban dañadas y el costo para arreglarlas.
Al fin de la ocupación el dueño tiene que completar un registro de inventario final haciendo una lista completa de los daños que él afirma fueran causados por el inquilino
En el caso de daño a la residencia rental u otro gastos contra el depósito de seguridad, el dueño tiene que enviar al inquilino, dentro de los primeros 30 dias de la terminación de ocupación, una lista detallada de los cargos, incluyendo el costo de arreglo de cada cosa dañada. Esta lista tiene que ser acompañada por un cheque que cubra la diferencia no tomada del depósito de seguridad, al hacer los arreglos necesarios. El aviso de daños tiene que incluir ésta declaración escrito a máquina en letras legibles de 12 puntos:
ÒVd. tiene que responder a éste aviso por correo dentro de los 7 primeros dias tras recibirla.. De otro modo vd. perderá la cantidad mencionada por él como cargo por daño.Ó
Negligencia por parte del dueño en cumplir con mandar el aviso de daño exigido dentro de los primeros 30 dias tras la terminación de ocupación, significará que no han habido daños a la propiedad y él/ella tiene que dar al inquilino inmediatamente el total del depósito de seguridad.
Si el dueño quiere guardar una parte o todo el depósito de seguridad después de que el inquilino ha disputado cargos declarados por el dueño, el dueño tiene 45 dias tras la terminación de ocupación para hacer una demanda contra el inquilino si el dueño quiere guardar el depósito. El depósito de seguridad es considerado propiedad del inquilino hasta que el dueño pueda obtener un juicio por el dinero que esta en disputa. El límite de 45 dias que el dueño tiene para declarar una demanda para guardar el depósito de seguridad no es aplicable cuando:
Si el dueño falta a su obligación de cumplir totalmente con el plazo límite de 45 dias en petición de retener el depósito de seguridad a cambio de daños, se verá obligado a pagar al inquilino una cantidad doble del depósito.*
Aviso: En el caso de Martinez v. OÕBrien(1975) la Corte del Condado de Ingham ha ordenado que la provision en seccion 13, Acto Publico 348 diciendo que el dueño tiene que pagar el doble, es obligatorio no es opcional.
Despues de la terminación del interés en la propiedad rental por parte el dueño, éste sigue siendo responsable del depósito hecho hasta la ocurrencia del cualquiera de los siguientes casos:
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